Posadas.-El Observatorio de Acceso a la Información
Pública Misiones (Obaipumi) informa que después de dos denegatorias de
documentación notificadas a Alberto Holz, ha asesorado al requirente para que
insista con sus pedidos y sus miembros consideran que los resultados han
sido muy positivos.
El 23 de junio, Holz ingresó a la Oficina de Acceso a la Información
Pública dos pedidos de información pública amparado en la Ley IV Nº 58. Uno
destinado a la “Policía de la Provincia de Misiones” y otro a la “Junta
Electoral designada para las elecciones de directores del Instituto
de Previsión Social (IPS). En ambos casos se solicitó
información relacionada al acto eleccionario llevado a cabo el 6 de junio del
corriente año para elegir directores en la Rama Pasiva del IPS.
Concretamente, Holz pidió copias autenticadas de los certificados
de escrutinio provisorio que las autoridades de las mesas establecidas
entregaron a la Policía, con constancia de fecha y hora de entrega, a su vez, a
la Junta Electoral. Para asegurar la obtención de datos veraces, dirigió un
segundo pedido, esta vez a la Junta Electoral, solicitando la entrega de
las copias de las actas de escrutinio recibidas, con constancia de
fecha y hora de recepción.
Tres días después de las presentaciones, notifican a Holz que sus
solicitudes no reúnen los requisitos establecidos en el artículo 2
de la Ley IV Nº 58 y que por lo tanto no darán curso a las mismas. Los pedidos
fueron denegados con la firma de la Dra. Zully Bialy,
Responsable de Acceso a la Información Pública de la Subsecretaría de Seguridad
y Justicia.
A partir de esta denegatoria comienza el asesoramiento de los miembros de
OBAIPUMI que se basaron en un análisis que oportunamente ya había realizado su
coordinadora, Mabel Oviedo, como parte de los resultados de un trabajo de
investigación que lleva adelante sobre la temática en el proyecto que dirige el
Dr. Marcelino García en la Facultad de Humanidades y Ciencia Sociales de la
UNaM.
Oportunamente, OBAIPUMI recomendó la insistencia en los pedidos con las
siguientes líneas argumentales:
En la primera línea argumental se esgrimió que no se
admite como denegatoria la respuesta recibida, pues no se registra la
contestación del organismo requerido, en este caso, la Policía de Misiones;
que no corresponde que el organismo de aplicación encargado de la operatividad
de la ley, en ninguno de sus niveles se arrogue el carácter de sujeto
obligado que establece el art. 3 Ley IV Nº 58, que “deben proveer a quien
lo requiera la información contenida en documentos escritos, fotografías,
grabaciones, soporte magnético o digital, o en cualquier formato, que haya sido
creada u obtenida por el órgano requerido o que se encuentre en su posesión y
bajo su control”.
Con este argumento también se desarticula la negación
de la información, porque sin ninguna duda, las actas o certificados
de los escrutinios provisorios del IPS quedan incluidos en el concepto de
información pública.
En una segunda línea hicimos notar la falta grave de los deberes de funcionario
público a cargo del organismo de
aplicación que no culmina en la Responsable de Acceso a la Información Pública
sino en sus superiores que estarían amparando este grosero incumplimiento
legal, pues ninguna de las normativas vigentes en la temática del acceso a la
información pública en nuestra provincia (Ley IV Nº 58; Dcto. 846/2012
y/o Dcto. 248/2012) facultan ni al Ministro de Gobierno, ni al
Subsecretario de Seguridad y Justicia ni a la Responsable de Acceso a la
Administración a determinar que la solicitud es inadmisible y/o a
rechazarla bajo ningún fundamento.
En todo caso, le corresponderá al organismo requerido (y no al organismo de
aplicación) el análisis y denegación total o parcial si correspondiera (art. 11
Ley IV Nº 58), por lo tanto se asume la pretendida denegatoria de la Dra.
Bialy como un entorpecimiento del derecho que acciona el ciudadano
Holz, pasible en caso de insistencia del incumplimiento de
los deberes del funcionario público que prevé el art. 17 de la Ley IV
Nº 58, tipificación en la que también incurrirían sus inmediatos superiores en
el caso de hacer caso omiso al requerimiento con el que se insiste.
El 30 de junio, se realiza la insistencia recomendada y como
resultado, el 4 de julio la misma funcionaria, la Dra. Bially
notifica a Alberto Holz que el Subsecretario de Seguridad y
Justicia, ha dispuesto que se giren las actuaciones al organismo
requerido, o sea, a la Policía de la Provincia de Misiones.
Ante las continuas prácticas denegatorias a las que fueron sometidos
los últimos pedidos de información este caso sienta un precedente importante en
la aplicación de la norma en nuestra provincia y anima a los miembros de
OBAIPUMI a continuar con el trabajo de concientización.
Información facilitada Por la Licenciada Mabel Oviedo - Alberto Holz -Dr Marcelino García
Por Mabel Serbluk
Por Mabel Serbluk
No hay comentarios:
Publicar un comentario